
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) anunció la vigencia de la Resolución General N.° 43 del 30 de enero de 2026, que introduce cambios en las condiciones de contratación y rotación de los auditores externos impositivos (AEI), con el objetivo de fortalecer los estándares de auditoría y la transparencia en los procesos tributarios.
La modificación aplicada establece que los AEI no podrán firmar dictámenes para un mismo contribuyente por más de tres ejercicios fiscales consecutivos. Para volver a hacerlo, deberá transcurrir un plazo mínimo de dos ejercicios fiscales sin que el profesional haya prestado este servicio al mismo contribuyente.
La reciente resolución actualiza lo dispuesto en la Resolución General N.° 30/2019 (cuyo texto fue actualizado por la Resolución General N.° 15/2024) que reglamenta el artículo 33 de la Ley N.° 2421/2004 “De reordenamiento administrativo y de adecuación fiscal”. Dicha ley faculta a la DNIT a crear y administrar el Registro de Auditores Externos Impositivos, así como a establecer los criterios que deben cumplir estos profesionales para ser habilitados y prestar servicios de auditoría externa.
La aplicación de esta medida se computará a partir del ejercicio fiscal 2026.
Con esta última actualización, la DNIT busca alinear estas disposiciones con los principios y estándares de auditoría vigentes, promoviendo la rotación adecuada del profesional firmante.
Encuentra la resolución completa en el siguiente enlace: https://www.dnit.gov.py/web/portal-institucional/w/resoluci%C3%B3n-general-dnit-n%C2%B0-43/26-1
Fuente: Secretaria de Comunicación del DNIT – PY
ESPACIO PUBLICITARIO
