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El Gobierno nacional dio a conocer un borrador de decreto que marca un punto de inflexión en la política de inversión de los fondos de pensiones obligatorias, al proponer una modificación sustancial al Decreto 2555 de 2010 y redefinir los límites de colocación de recursos en activos ubicados fuera del país. La iniciativa, publicada en la página oficial del Ministerio de Hacienda, plantea un nuevo esquema que restringe la exposición internacional de los fondos privados y prioriza de manera decidida la inversión dentro del territorio nacional.
De acuerdo con la propuesta, los fondos de pensiones solo podrán mantener hasta el 30% de los recursos de los afiliados invertidos en el exterior, lo que implica que al menos el 70% del portafolio deberá orientarse hacia inversiones nacionales, con énfasis en sectores considerados estratégicos para el crecimiento económico. El objetivo central es canalizar una mayor proporción del ahorro interno hacia actividades productivas que contribuyan a dinamizar la economía, fortalecer la infraestructura y ampliar la capacidad de generación de empleo.
El borrador de decreto permanecerá abierto a comentarios de la ciudadanía hasta el 4 de febrero de 2026, a las 12:00 de la noche, en un proceso que busca recoger observaciones y aportes antes de su eventual expedición. En paralelo, el texto faculta al Ministerio de Hacienda para promover un banco de proyectos de inversión productiva, concebido como un instrumento para articular recursos hacia iniciativas en áreas como infraestructura, construcción y otros sectores con elevado efecto multiplicador sobre el producto interno bruto.
Las cifras incluidas en la memoria justificativa del documento dimensionan el alcance del cambio propuesto. Con corte al 30 de noviembre de 2025, los fondos privados de pensiones administraban recursos por $527,3 billones, de los cuales $257,1 billones, equivalentes al 48,8%, se encontraban invertidos en activos del exterior. Bajo el nuevo marco regulatorio, el Ejecutivo estima que cerca de $125 billones podrían regresar gradualmente al país en un periodo de cinco años, modificando de manera significativa la estructura de financiamiento de la economía colombiana.
La transición hacia el nuevo esquema se plantea de forma progresiva, con el fin de evitar ajustes abruptos en los portafolios y preservar la estabilidad del sistema. El decreto propone que, al tercer año de vigencia, el límite máximo de inversión externa se reduzca al 35%, y que al quinto año se consolide definitivamente en el 30%. Estas disposiciones aplicarían de manera global a los cuatro tipos de fondos obligatorios existentes: conservador, moderado, de mayor riesgo y de retiro programado.
Desde la perspectiva oficial, la medida busca fortalecer el ahorro interno, ampliar la capacidad de financiación de proyectos estratégicos y aumentar la inversión productiva sin comprometer la rentabilidad ni la seguridad de los recursos de los afiliados. El documento enfatiza que el redireccionamiento de capitales no supone una desprotección del ahorro pensional, sino una reorganización de su destino en función de las necesidades estructurales del país.
La iniciativa fue impulsada por el ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, como parte de una estrategia más amplia orientada a movilizar recursos hacia la infraestructura y a dinamizar la economía en el contexto de la emergencia económica. De avanzar, el decreto representaría uno de los cambios más relevantes en la arquitectura del sistema pensional colombiano en los últimos años y abriría un debate de fondo sobre el equilibrio entre diversificación internacional, desarrollo interno y el papel del ahorro de largo plazo en la transformación económica del país.
