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El proceso judicial contra Nicolás Petro Burgos, hijo mayor del presidente Gustavo Petro, tomó un giro inesperado y trascendental durante una audiencia en Barranquilla. El Juez Segundo Penal del Circuito Especializado, Hugo Junior Carbonó, ordenó abrir investigaciones penales y disciplinarias contra el fiscal Mario Burgos y la periodista Vicky Dávila, tras considerar que la grabación y posterior divulgación del video de la captura de Petro -en el que aparece desnudo y esposado- podría constituir una grave vulneración a sus derechos fundamentales, especialmente a su intimidad y dignidad humana.
El episodio ocurrió el 29 de julio de 2023, durante el operativo de allanamiento realizado en el apartamento del exdiputado y de su entonces pareja, Daysuris Vásquez, en Barranquilla. Según las grabaciones aportadas por la defensa, los funcionarios ingresaron al inmueble en momentos de evidente vulnerabilidad: ambos se encontraban desnudos, sorprendidos en la madrugada, y aun así fueron grabados y sometidos, imágenes que luego terminaron publicadas en medios nacionales y ampliamente difundidas en redes sociales.
Para el juez, la validez de la orden de captura no está en discusión, pero sí la forma como se ejecutó el procedimiento. Señaló que los investigadores no respetaron los protocolos de la Policía Judicial y actuaron de manera “abusiva”, al permitir que se registraran imágenes del procesado en condiciones que comprometían su dignidad. Además, recalcó que en ese momento Petro aún no había sido puesto a disposición de un juez de control de garantías, ni era imputado formalmente. La exposición de su desnudez, afirmó el despacho, no solo infringió derechos fundamentales, sino que también dejó su imagen y honra gravemente afectadas en la opinión pública.
Ante este escenario, el juez ordenó remitir copias a los organismos competentes para que determinen si el fiscal Mario Burgos incurrió en irregularidades como director del operativo. De igual forma, pidió investigar cómo el video llegó a manos de la revista Semana, entonces dirigida por Vicky Dávila. No se trata de un reproche directo contra el medio ni contra la periodista, aclaró el juez, sino de establecer el origen de la filtración, pues “Semana no realizó ningún allanamiento ni captura”, lo que sugiere que el material solo pudo haber salido desde los organismos involucrados en el operativo oficial.
El análisis de las imágenes también llevó al juez a recordar el artículo 128 del Código de Procedimiento Penal, que obliga a preservar la intimidad, permitir a los capturados cambiarse de ropa y actuar con especial cuidado en casos de vulnerabilidad, como el de Vásquez, quien se encontraba embarazada. Para el magistrado, los funcionarios “no guardaron las formalidades debidas”, lo que podría configurar faltas disciplinarias e incluso delitos ligados a la violación de la intimidad.
La audiencia estuvo marcada además por un hecho inusual: el abogado de Petro, Alejandro Carranza, denunció que el fiscal Burgos, quien ya no estaba oficialmente vinculado al caso, habría enviado al juzgado una comunicación desde su correo institucional solicitando que no se le compulsaran copias. El documento, firmado como particular pero con logos oficiales, generó dudas sobre una intervención indebida, por lo que también será investigado.
El juez procedió además a depurar las pruebas que harán parte del juicio. Se excluyeron los interrogatorios en los que Petro habría reconocido responsabilidad, así como todo lo relacionado con el fallido principio de oportunidad, incluidos los supuestos aportes del exnarcotraficante Santander Lopesierra y de Gabriel Ilzaca -conocido como el “Turco” Hilsaca- a la campaña presidencial de 2022. También fueron descartados certificados del Consejo Nacional Electoral y un informe psiquiátrico sobre Vásquez. En contraste, fueron admitidos testimonios clave como los de Máximo Noriega, Laura Ojeda y los propios Lopesierra e Ilzaca.
El caso avanza mientras Petro enfrenta un segundo proceso por supuestas irregularidades contractuales cuando era diputado del Atlántico, vinculado a presuntos desvíos de fondos públicos destinados a programas sociales. La Fiscalía solicitará medida de aseguramiento en las próximas audiencias.
Con estas decisiones, el juicio deja de ser solo un proceso penal y se convierte en un escenario de escrutinio institucional. No solo se examinan los presuntos delitos del procesado, sino también la conducta de quienes están encargados de impartir justicia y garantizar el debido proceso. La investigación ordenada por el juez abre la puerta a un debate profundo sobre los límites entre la labor judicial, el derecho a la información y la protección de la dignidad humana en procedimientos que, por su naturaleza mediática, suelen estar expuestos al juicio público incluso antes que al jurídico.
carloscastaneda@prensamercosur.org
