

Irene Vélez Ministra de Medio Ambiente (E)
El debate jurídico en torno a la protección del páramo de Almorzadero sumó un nuevo capítulo luego de que el Tribunal Administrativo de Bucaramanga anulara la sanción económica que pesaba sobre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Con esta decisión, la corporación dejó sin efectos las medidas adoptadas previamente dentro de un incidente de desacato, al advertir irregularidades procesales cometidas por el juzgado de primera instancia en Málaga.
El alto tribunal determinó que en la apertura del incidente se vulneraron garantías fundamentales, entre ellas la notificación adecuada y la correcta identificación de los responsables, lo que afectó de manera directa el derecho al debido proceso. En consecuencia, el expediente deberá regresar al Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Málaga para que el trámite se reinicie desde cero y bajo los parámetros de legalidad y transparencia.
Con este fallo, no existe actualmente sanción alguna contra la ministra encargada de Ambiente, Irene Vélez Torres, ni contra otros funcionarios de la entidad. La decisión despeja temporalmente el panorama jurídico del Ministerio, aunque mantiene en pie la exigencia de cumplir con la sentencia de tutela que ordena la delimitación participativa y efectiva del páramo, una de las fuentes hídricas estratégicas del oriente colombiano.
La cartera ambiental, al pronunciarse sobre la resolución, reiteró su voluntad de acatar plenamente los lineamientos judiciales y de trabajar junto a las comunidades y actores institucionales en un proceso de protección de los ecosistemas de alta montaña. “Seguiremos avanzando en un camino de diálogo, responsabilidad y transparencia para garantizar la preservación de nuestros páramos y el derecho ciudadano a participar en las decisiones que los afectan”, señaló la entidad.
El caso Almorzadero, que involucra tensiones históricas entre desarrollo económico, uso del suelo y conservación ambiental, adquiere así una nueva oportunidad de encaminarse bajo un marco procesal sólido y respetuoso de los derechos fundamentales. Una resolución que no solo reordena la disputa en Colombia, sino que también envía un mensaje internacional sobre la necesidad de que las decisiones ambientales se tramiten con rigor jurídico, legitimidad social y sentido de justicia ambiental.
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