

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó que, a partir de las próximas elecciones presidenciales, los binomios deberán respetar el principio de paridad de género, incluir obligatoriamente a una mujer ya sea como candidata a la presidencia o a la vicepresidencia.
La Constitución – actualmente- no obliga a aplicar la paridad en las candidaturas a la presidencia y vicepresidencia, por lo que hasta ahora era válido que ambos candidatos fueran varones. Este criterio cambia con la nueva Sentencia Constitucional 40/2025 presentado oficialmente en la Universidad Pública de El Alto (UPEA).
En ese contexto, Hurtado remarcó que el proceso electoral vigente del 17 de agosto se mantiene sin modificaciones.
La nueva resolución responde a una acción presentada por el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Israel Huaytari. Ahora la sentencia fue calificada como una “decisión histórica que marcará un antes y un después para garantizar plenamente los derechos de las mujeres”.
Por su parte, el decano del TCP, Yván Espada, recordó que la paridad ya se aplica en las listas para asambleístas, pero desde la próxima elección nacional será obligatorio que el binomio presidencial tenga composición paritaria.
“Si la candidatura a la presidencia es un varón, la vicepresidencia debe ser una mujer y viceversa, si la presidencia es una mujer, la vicepresidencia debe ser un varón”, explicó Espada.
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