

Armando Benedetti, ministro del Interior de Colombia
El ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti, lanzó este martes una advertencia contundente que podría tener implicaciones profundas en el orden institucional del país: la votación mediante la cual el Senado decidió negar la Consulta Popular, según sus declaraciones, al menos seis vicios sustanciales que vulneran de forma grave el ordenamiento constitucional. En su diagnóstico, la sesión legislativa que culminó con la negación de la consulta no solo fue irregular, sino jurídicamente inexistente.
Se trata de una denuncia que no solo pone en tela de juicio la validez de un acto legislativo de alta sensibilidad política, sino que también abre un debate de fondo sobre la transparencia, la legalidad y la legitimidad del Congreso colombiano como garante de la democracia representativa.
Benedetti aseguró que el procedimiento parlamentario que derivó en la aprobación de la consulta estuvo plagado de errores que violan el reglamento interno del Congreso -contenido en la Ley 5 de 1992-, y lo más grave: atentan contra los principios democráticos básicos establecidos en la Constitución de 1991, tales como el debido proceso legislativo, la publicidad de las decisiones y la prevalencia de la voluntad popular expresada en mayoría.
Sin proposición, sin lectura y sin legalidad
El primer vicio que denunció el ministro del Interior es quizás el más elemental: no existía una proposición formal y expresa sobre la que se pudiera deliberar o votar. Según el artículo 114.1 de la Ley 5 de 1992, toda decisión del Congreso debe estar precedida por una proposición que defina su sentido, en aras de garantizar la claridad del debate y la transparencia del procedimiento. En este caso, sencillamente no había ningún texto formal que enmarcara la consulta.
En consecuencia, no se leyó ningún documento antes de la votación. El artículo 125 de la misma ley es explícito: lo que se somete a votación debe leerse públicamente para asegurar que todos los senadores conozcan con exactitud qué están aprobando o rechazando. La omisión de este paso convierte la sesión en un acto opaco y carente de validez jurídica.
Un voto fantasma y la omisión de la anulación
El tercer vicio señalado es aritmético pero de consecuencias legales graves: el resultado de la votación fue de 96 votos registrados, pese a que había 97 senadores presentes en la sala. Esta diferencia no es menor. Según el artículo 123.4 de la Ley 5, cualquier irregularidad en el número de votos obliga al presidente del Senado a anular de inmediato la votación y a ordenar su repetición. Sin embargo, esto no ocurrió. El proceso siguió adelante como si nada hubiese pasado.
Una votación relámpago que quebró la democracia deliberativa
A esto se suma un hecho inusual y alarmante: el período de votación fue peligrosamente corto, inferior al 10% del tiempo reglamentario permitido. Esta prisa, calificada por Benedetti como «una mutilación de la democracia», impidió que muchos senadores pudieran votar o siquiera reflexionar sobre el alcance de la decisión. En palabras del ministro, se trató de una maniobra para forzar un resultado predeterminado, lo cual contraviene el artículo 2.3 de la Ley 5 de 1992, que establece que toda votación debe garantizar el principio de mayoría, es decir, reflejar genuinamente la voluntad de los legisladores presentes.
Apelaciones ignoradas y derechos coartados
El quinto vicio está relacionado con la negación del derecho a apelar. Un senador presentó una apelación inmediata al cierre abrupto del registro, procedimiento que debía haber sido atendido sin dilaciones por la mesa directiva, tal como ordena el artículo 44 del reglamento. Pero, según Benedetti, la apelación fue ignorada de forma deliberada, clausurando arbitrariamente la posibilidad de revisar una decisión cuestionada.
Por último, el ministro denunció un hecho que compromete directamente la legitimidad de la decisión final: al menos cinco senadores que habían anunciado su intención de votar por el “Sí” fueron impedidos de ejercer su derecho al voto. Además, se habría modificado el sentido del voto anunciado por un congresista después de cerrado el registro, algo absolutamente prohibido en cualquier procedimiento democrático.
Una tormenta política en ciernes
Las denuncias del ministro Benedetti no solo son un llamado de atención interno. A nivel internacional, comienzan a resonar voces de preocupación por el manejo institucional del proceso legislativo en Colombia. Organizaciones dedicadas a la observación parlamentaria, entidades defensoras del Estado de Derecho y expertos en derecho constitucional han comenzado a solicitar explicaciones al Senado sobre las anomalías señaladas.
Si se confirma que estas irregularidades efectivamente ocurrieron, la votación podría ser declarada nula, con lo cual se abriría una crisis política de fondo. No solo quedaría en entredicho el proceso de la Consulta Popular -cuyo contenido aún no ha sido divulgado con claridad-, sino que se pondría en jaque la integridad de las decisiones adoptadas por el Congreso en situaciones clave.
“Esta no es una discusión menor ni técnica. Estamos hablando de la validez del corazón mismo de la democracia: la forma como se toman las decisiones colectivas. Si el Senado viola su propio reglamento, se desconoce a sí mismo como institución”, concluyó Benedetti.
En medio de una coyuntura nacional marcada por tensiones políticas, descrédito institucional y una ciudadanía cada vez más escéptica, este episodio abre una herida profunda en la confianza pública hacia el Legislativo. El país, y el mundo, observan con atención.
carloscastaneda@prensamercosur.org
