La muerte de una persona suele ser un momento difícil para los familiares. En medio del duelo, los allegados deberán ocuparse de la cuenta bancaria del fallecido, sus bienes y sus deudas.
El Código Civil y Comercial señala que la herencia comprende «todos los derechos y obligaciones del causante que no se extinguen por su fallecimiento».
¿Qué hacer cuando muere el titular de una cuenta bancaria?
Las cuentas bancarias son un tipo de contrato financiero entre una empresa y una persona, en donde el cliente deposita el dinero para que el banco administre, custodie y facilite su uso.
Cabe mencionar que una herencia refiere a todo bien o derecho que se transfiere a una persona por testamento o vínculo biológico, lo que significa que se pueden heredar bienes, préstamos personales, hipotecas y deudas.
El banco no tiene forma de saber si la persona murió, por lo que solo se enterará en caso de que se notifique. Si una persona cercana conoce las claves de acceso, podrá retirar los fondos antes de avisar a la entidad.
Si la cuenta bancaria era compartida, el cotitular podrá disponer del dinero y mantener o cerrar el canal. De lo contrario, se deberá dar aviso con un documento que confirme el fallecimiento dentro de los primeros tres meses de ocurrido.
Al dar aviso al banco, la entidad bloqueará la cuenta, evitará el cobro de comisiones y suspenderá todo tipo de débito automático.

¿Qué pasa con las deudas cuando muere el titular de una cuenta bancaria?
Como se mencionó, cuando fallece el titular de una cuenta bancaria las deudas no desaparecen, sino que la responsabilidad puede caer sobre su patrimonio. Significa que los acreedores pueden solicitar el pago de las mismas.
Desde BBVA Argentina explican que «lo que se hereda no es la deuda como tal, sino la obligación de liquidar los compromisos financieros. Es decir, se debe responder por las deudas de la persona fallecida con los bienes que se reciben y solo hasta ese límite».
Los herederos podrán elegir entre dos opciones:
Aceptar la herencia: (bajo beneficio de inventario), esto significa que se toma la herencia y la deuda se paga de forma automática con los bienes.
Rechazar la herencia: en esta situación no se recibirá ningún bien a favor, pero tampoco se absorberán las deudas. En este caso, se deberá expresar la voluntad mediante una escritura pública o en un acta judicial incorporada al expediente judicial.
Fuente de esta noticia: https://www.cronista.com/finanzas-mercados/que-pasa-cuando-fallece-el-titular-de-una-cuenta-bancaria-y-que-hay-que-hacer-para-no-heredar-su-deuda/
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