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Dom. Dic 22nd, 2024
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El pasado 15 de noviembre de 2024, el Poder Ejecutivo sancionó el proyecto de ley con expediente S-2300683, “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”, suscitando considerables controversias.

En Paraguay, ya existen instituciones que regulan a las organizaciones sin fines de lucro (OSFL), como la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). En este contexto, teniendo en cuenta las normativas existentes, la creación de un marco regulatorio adicional podría reducir la eficiencia y dificultar el control de estas organizaciones.

La nueva ley para regular a las OSFL podría derivar en una doble regulación, lo cual plantea dudas sobre la necesidad y conveniencia de establecer nuevas disposiciones.

El objetivo de la ley es regular a las OSFL que gestionan tanto fondos públicos como privados, sean nacionales o internacionales destinados a actividades de interés público, promoviendo un sistema de transparencia y rendición de cuentas. No obstante, ha sido fuente de críticas por las posibles implicaciones sobre la libertad de asociación y la participación ciudadana.

Aunque la misma intenta delimitar qué se entiende por organizaciones sin fines de lucro y cuáles son los fondos sujetos a control, varios términos carecen de claridad.

Por ejemplo, define a las OSFL como aquellas orientadas al bien común, sin precisar claramente el alcance de este concepto, lo cual puede llevar a interpretaciones arbitrarias y a una amplia discrecionalidad al momento de aplicación de la normativa.

Por otro lado, resulta importante mencionar que tanto los partidos políticos como las organizaciones religiosas quedan excluidos del ámbito regulatorio de esta ley, lo que suscita aún más interrogantes sobre el propósito real de la normativa.

CRÍTICAS DE ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES

La ley ha sido objeto de amplias críticas por parte de organizaciones de derechos humanos y actores de la sociedad civil, quienes destacan diversas problemáticas en el contenido de la mencionada reglamentación que podría desincentivar a los ciudadanos a participar en organizaciones de la sociedad civil, debilitando a la democracia participativa.

En primer lugar, existe preocupación por el temor de que la ley otorgue un poder desproporcionado al Estado, permitiéndole intervenir en las actividades de las OSFL. Esto podría restringir el derecho de las personas de asociarse libremente, especialmente en cuestiones relacionadas a los derechos humanos, anticorrupción y el medio ambiente.

A su vez, la ley impone una exigencia detallada de rendición de cuentas, que incluye el registro de fondos, su destino y una lista completa del personal contratado. Esta carga burocrática puede incrementar los costos operativos y desincentivar el funcionamiento efectivo de las OSFL, afectando sus actividades y, además, atenta contra el derecho a la privacidad establecido en la Constitución Nacional.

Asimismo, las sanciones por incumplimiento van desde apercibimiento por escrito hasta inhabilitaciones para ocupar cargos directivos durante un periodo de hasta cinco años. La falta de claridad en los requisitos documentales también podría resultar en sanciones desmedidas.

Por lo que, en lugar de fomentar la transparencia, esta ley podría facilitar prácticas arbitrarias, debido a que su aplicación discrecional podría ser utilizada para limitar a las OSFL, sobre todo a las que plantean críticas a la gestión del gobierno.

CONSECUENCIAS EN LA CALIFICACIÓN E IMAGEN PAÍS

En este contexto, la agencia calificadora Fitch Ratings señala que esta normativa podría afectar en las reformas destinadas a mejorar la eficiencia institucional y esto influiría en los factores claves para mantener la calificación de Paraguay en «BB+» con perspectiva estable, ya que podría reducir las protecciones a la libertad de asociación y expresión, lo cual puede afectar negativamente en la percepción internacional del país.

También, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York, expresó su preocupación ante esta normativa, señalando que podría poner en riesgo los derechos fundamentales de las organizaciones y las personas, además de dificultar la cooperación entre estas y los organismos internacionales.

SIMILITUDES CON NORMATIVAS INTERNACIONALES

La propuesta legislativa en Paraguay presenta similitudes con regulaciones de otros países, como la Ley de Registro de Agentes Extranjeros (FARA) de Estados Unidos, promulgada en 1938. Esta ley obliga a los agentes extranjeros involucrados en actividades políticas u otras especificadas en la normativa, a revelar públicamente su vínculo con el ente extranjero principal, así como las actividades que realizan en su rol de agentes extranjeros.

Aunque el propósito de la FARA es promover la transparencia, ha sido criticada por su posible impacto en la libertad de asociación en algunos contextos.

De la misma manera, países como Perú y Ecuador han adoptado regulaciones análogas. Los detractores de estas regulaciones argumentan que el objetivo es limitar la operatividad de las organizaciones no gubernamentales que cuestionan las políticas del gobierno.

IMPORTANCIA DE LAS ONG EN PARAGUAY

Por su parte, Amnistía Internacional también ha manifestado su preocupación respecto al proyecto de ley en Paraguay, enfatizando que las OSFL son esenciales para la defensa de los derechos humanos y que esta legislación podría obstaculizar su labor.

La organización resalta la importancia de que las OSFL operen con autonomía y dispongan de los recursos necesarios para llevar a cabo sus actividades de manera efectiva.

La aplicación de esta normativa podría tener un impacto significativo tanto en las organizaciones sin fines de lucro en Paraguay, así como en la imagen del país.

Si bien la transparencia y la rendición de cuentas son aspectos esenciales, esta legislación presenta riesgos que podrían limitar la libertad de asociación y la participación democrática.

Por ello, es crucial optar por reformas que refuercen a las OSFL sin comprometer su autonomía ni su capacidad para actuar en beneficio de la sociedad, en lugar de recurrir a medidas punitivas o a un control excesivo por parte del Estado.

Por: Sara Salinas, Pablo Ávila y Elio Riveros, Club de Economía UC.

Club de Economia
Fuente de esta noticia: https://marketdata.com.py/laboratorio/opinion/el-control-de-las-osfl-cuales-son-las-implicancias-para-la-sociedad-y-la-democracia-en-paraguay-138098/

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