Este lunes, el Gobierno prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la venta de una popular marca de aceite de oliva por tratarse de un producto ilegal.
Esto fue ordenado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la Disposición 9409/2024 publicada en el Boletín Oficial, donde se advierte que este producto puede suponer un riesgo a la salud de los ciudadanos.
En particular, se trata de la marca de aceite de oliva “Oliva Atuel” catalogado como “Aceite de Oliva virgen extra – Primer prensado en frío, marca Oliva Atuel, RNE 020-59857 – RPPA 02265054, Procedencia: San Rafael Mendoza- Envasado por Oliva Atuel”.
La entidad tomó esta decisión debido a que el producto “carece de registros sanitarios de establecimiento y producto” y por estar “falsamente rotulado al exhibir en su rótulo registros sanitarios inexistentes, lo que lo hace un producto ilegal.
Según la ANMAT, esto se definió “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”, ya que la falta de registros sanitarios no permite garantizar trazabilidad, las condiciones de elaboración, la calidad con adecuados niveles de control y la inocuidad del producto.
La venta del aceite “Oliva Atuel” se prohibió tanto en locales físicos como en tiendas online luego de una denuncia de un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), entidad que investigó el producto y confirmó que se trata de mercadería ilegal.
Exigen retirar un aceite de oliva de los supermercados: el proceso para prohibirlo
El proceso que llevó a la ANMAT a prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del aceite de oliva “Oliva Atuel” se inició con la consulta de un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) porque este sospechaba que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
Ante esta consulta, el INAL inició una investigación que involucró a diferentes organismos de control. A través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), se realizaron consultas a las autoridades provinciales de Buenos Aires y Mendoza para verificar la validez de los registros sanitarios que aparecían en la etiqueta del producto: RNE 020-59857 y RPPA 02265054.
Las respuestas de ambas provincias confirmaron que los registros eran inexistentes. En consecuencia, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, a través del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), notificó el Incidente Federal N° 4273.
Dado que el producto se promocionaba en plataformas de venta online, el INAL solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evaluara las medidas a tomar.
Con la evidencia recabada, el INAL determinó que el producto “Aceite de Oliva virgen extra – Primer prensado en frío, marca Oliva Atuel” incurría en las siguientes infracciones:
- Carecía de registros sanitarios de establecimiento y producto;
- Estaba falsamente rotulado al exhibir registros inexistentes;
- Violaba el artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).
Por lo tanto, el producto fue catalogado como ilegal. Para proteger la salud de los consumidores, el INAL recomendó a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional, incluyendo su venta en línea.
Además, esta recomendación también se extendió a cualquier producto que muestre en su etiqueta los registros falsos RNE 020-59857 y RPPA 02265054.
Fuente de esta noticia: https://www.cronista.com/informacion-gral/exigen-que-se-retire-urgente-esta-reconocida-marca-de-aceite-de-todos-los-supermercados/
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