La normativa está en manos del Ejecutivo para su sanción o veto. Plantea una serie de beneficios en salud, educación y acceso a la justicia.
Con la vigencia de la Ley de contención, acompañamiento y reparación transformadora e integral a hijas, hijos, madres, padres y demás familiares de víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género, aprobada por la Asamblea Nacional el mes pasado, se busca que la entrega del llamado “bono de orfandad” a los hijos, padres y demás familiares de víctimas de femicidio, que se viene haciendo desde el 2019, sea obligatoria y quede garantizada.
El proyecto, que incluye una serie de beneficios en salud, educación y acceso a la justicia, está ahora en manos del Ejecutivo, el cual debe vetarlo o sancionarlo.
Dicha bonificación fue creada a través del Decreto Ejecutivo 696 del 8 de marzo de 2019; y se reformó con el Decreto Ejecutivo 1186 del 10 de noviembre del 2020, y el Decreto Ejecutivo 370 del 8 de marzo de 2022.
Consiste en una pensión mensual proporcional al monto del salario básico unificado, la tabla de pensión de alimentos y al número de niños o parientes afectados; esta se canaliza a través del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
La legisladora ponente de la norma, Dallyanna Passailaigue (PSC), explicó que la propuesta original planteaba “elevar a ley” el bono, pero resolvieron no hacerlo así porque “un decreto es potestad del Ejecutivo y tiene competencia de carácter específico, diferente a una ley que es de carácter general”, y además porque se trataba de un tema económico “que se escapa de la competencia de los legisladores”.
Passailaigue agregó que cuando empezó a tratarse el proyecto, en el 2022, “el MIES ni siquiera tenía un registro de hijos e hijas en situación de orfandad en casos de femicidios y otras muertes violentas”. “Si no hay registro, ¿entonces cómo entregan un bono que es obligatorio? Hay presupuesto y el bono está por decreto. Pero hay desinterés de conocer en realidad cuáles son los hijos en situación de orfandad para que se active el bono”.
Por eso, según la legisladora, la norma dispone dos temas “fundamentales”:
1. Manda al ente rector del Sistema de Prevención de Violencia (o sea, al Ministerio de la Mujer, Derechos Humanos y Política Criminal), al ente de Seguridad (Ministerio del Interior) y al Consejo de la Judicatura, a recopilar la información de las hijas e hijos de las víctimas e incorporarlas en el Registro Único de Violencia.
2. Dispone al ente rector de derechos humanos llevar un registro de sentencias, y al MIES a establecer un plan de gastos y ejecución de los recursos contemplados para el cumplimiento de una pensión mensual.
“Por esta razón, el artículo que se aprobó por unanimidad garantiza la entrega de la pensión, mediante el registro de niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad (que no existía), y el plan de gastos y ejecución del presupuesto asignado para ese fin”, explicó la legisladora.
EL UNIVERSO consultó al MIES respecto a lo que pasará con este bono de entrar en vigencia esta norma. Respondió que será “necesario revisar las implicaciones de la misma en la normativa vigente de bonos y pensiones, y, a través de su reglamentación, verificar las posibles reformas que se deberían efectuar”.
Según datos del ministerio, entre agosto del 2019 y mayo del 2024, se ha entregado el bono a un total de 497 niñas, niños y adolescentes. Actualmente se encuentran recibiendo el bono un total de 457 personas, que corresponden a 279 casos de femicidio.
En ese periodo se han ejecutado $ 926.429,03, señaló la institución. Los montos para el 2024, según el salario básico y la tabla de pensiones de alimentos, son lo siguientes:
• Para un hijo e hija en situación de orfandad se otorga el monto de $ 135,65.
• Para dos hijos e hijas en situación de orfandad se otorga el monto de $ 198,40.
• Para tres hijos e hijas en situación de orfandad se otorga el monto de $ 249,46.
Al preguntarle a la institución qué impacto ha tenido el bono en estas familias, el MIES respondió: “Cualitativamente, la compensación económica establece una base financiera que proporciona un apoyo significativo para el cuidado de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad, lo que ha permitido que puedan permanecer al cuidado de su núcleo familiar. Los equipos técnicos del MIES realizan seguimiento al otorgamiento del bono, buscan fortalecer tanto a las familias como a las comunidades, articulando servicios gubernamentales y no gubernamentales a nivel local”. (I)
¿Dónde están ubicados los beneficiarios del bono de orfandad?
Provincia | Beneficiarios |
---|---|
Azuay | 10 |
Bolívar | 27 |
Cañar | 10 |
Carchi | 10 |
Chimborazo | 4 |
Cotopaxi | 10 |
El Oro | 21 |
Esmeraldas | 21 |
Galápagos | 3 |
Guayas | 77 |
Imbabura | 15 |
Loja | 11 |
Los Ríos | 28 |
Manabí | 30 |
Morona Santiago | 7 |
Napo | 11 |
Orellana | 13 |
Pastaza | 12 |
Pichincha | 86 |
Santa Elena | 15 |
Santo Domingo de los Tsáchilas | 23 |
Sucumbíos | 31 |
Tungurahua | 17 |
Zamora Chinchipe | 5 |
Total | 497 |
Fuente: MIES |
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