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La discusión pendiente de la Ley Ordinaria de la Jurisdicción Agraria y Rural en la Comisión Primera del Senado colombiano ha alcanzado un punto crítico tras siete meses sin avances significativos. Esta normativa reviste una importancia vital para el campo colombiano al definir el marco procedimental necesario para la operatividad de la nueva jurisdicción, diseñada para atender específicamente las necesidades agrarias y rurales del país.
La falta de progreso ha resultado en la suspensión de la creación inicial de los juzgados y tribunales agrarios y rurales, una medida que tenía fecha de implementación el pasado 2 de mayo bajo la dirección del Consejo Superior de la Judicatura.
Aunque la Ley Estatutaria, próxima a concluir su proceso de conciliación, representa un paso adelante al establecer los fundamentos de la nueva estructura judicial, es crucial subrayar que su aprobación por sí sola no permite la activación plena de la Jurisdicción Agraria y Rural. Esta ley establece la creación de juzgados especializados, tribunales y Centros de Servicios Judiciales y Administrativos, además de introducir la figura de facilitadores agrarios y rurales para asistir a los usuarios en los procesos legales.
Para materializar plenamente esta jurisdicción, es imperativo el debate y aprobación de la Ley Ordinaria, actualmente estancada en la Comisión Primera del Senado. Esta ley detalla los principios del derecho agrario, define procedimientos especiales para resolver disputas sobre tenencia de tierras y relaciones de producción agraria, y delimita las competencias de jueces, tribunales, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.
Entre las enmiendas propuestas destaca la ampliación de las causales de casación y la incorporación de normas del derecho civil como criterio subsidiario, reformas esenciales para asegurar una administración judicial eficiente y accesible en las zonas rurales.
El Gobierno colombiano enfatiza que la Jurisdicción Agraria debe abordar tanto los conflictos territoriales como los derivados de las relaciones de producción agraria, garantizando un proceso ágil y equitativo, especialmente para aquellos que enfrentan limitaciones económicas en litigios prolongados y costosos.
En este contexto, se subraya la necesidad de que los jueces agrarios cuenten con la capacidad para subsanar errores en las demandas, tomar decisiones anticipadas, desplazarse por el territorio para recopilar evidencias y promover la oralidad en los procedimientos, asegurando así decisiones justas y eficaces.
Los ministerios de Justicia y Agricultura colaboran estrechamente con el Consejo Superior de la Judicatura para asegurar una cobertura nacional equitativa de los jueces agrarios, considerando factores como la densidad poblacional rural, los niveles de informalidad en la tenencia de la tierra y la presencia de comunidades campesinas y étnicas.
La implementación efectiva de la Jurisdicción Agraria y Rural no solo fortalecerá la administración de justicia en las áreas rurales, sino que también representará un avance significativo hacia la eliminación de barreras históricas de acceso a la justicia para las comunidades rurales colombianas.
carloscastaneda@prensamercosur.org
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