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Vie. Nov 22nd, 2024
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Hace ya mucho años que los diferentes actores y entidades aeronáuticas venimos reclamando a las diferentes autoridades: ministerios de Defensa Nacional, de Industria y Energía, de Economía y Finanzas, Cámara de Industrias del Uruguay, Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, Fuerza Aérea Uruguaya, Cámara Uruguaya de Industria Aeronáutica, despachantes de Aduanas y otros, el cumplimiento correcto de la Ley 9977/40, artículo 1 de fomento aeronáutico y su decreto reglamentario 196/17, en este gobierno y los tres anteriores.

Esta ley estaba pensada con el fin del fomentar la industria aeronáutica, con exoneraciones tributarias para la aviación civil y la aviación militar. Esta ley ha sido malinterpretada por técnicos del Departamento Tributario de la DGI. Ante los perjuicios que trae para la actividad aeronáutica (costos económicos), creímos que este gobierno arreglaba el problema con la Ley 20212/ 23, artículo 122, pero no fue así. Se sigue violando la ley y se comete un presunto delito de estafa continuada por años (asesorado por abogados expertos del derecho aduanero y aeronáutico). La violación a esta ley hoy significa, entre otras cosas, aumento del contrabando.

Con la reinauguración de aeropuertos nacionales (que quedaron preciosos) se sigue notando la falta de aviones en las plataformas, por falta de motivación y fomento e inversión aeronáutica que esta ley dispuso en el año 1940 y no se ha derogado y sigue vigente.

Por lo antes mencionado y agotadas las instancias de comunicación, como se menciona arriba, es que dirigimos la presente petición al presidente de la República, bajo el artículo 30 de la Constitución.

Montevideo 17/3/2024

Sr. Presidente de la ROU, Dr. Luis Lacalle Pou:

Por la presente me remito a usted y fundo mi derecho en el art 29 y 30 de la Constitución de la República, en virtud de que no hemos tenido quien nos comprenda sobre el tema del incumplimiento de la ley 9977 /40 y su decreto reglamentario 196/17.

¿Dónde está el problema del incumplimiento? En el MEF, DGI, existe una contadora B.M., que no cumple con las exoneraciones y ni con las leyes y los decretos especificados más arriba y por ende solicitamos inmediata destitución funcional. Además, la mencionada contadora ha tenido más de un problema con actores aeronáuticos por el tema.

La exoneración de impuestos en la aeronáutica (Ley 9977/40) es fundamental para el desarrollo de la industria. Si usted aprobó la privatización de aeropuertos, se necesitan aviones para que esto se sigan desarrollando y se puedan usar.

En definitiva, se necesita que se cumpla lo siguiente: Ley 9977 del 5/12/1940 artículo 1 y el decreto del 196/17 del 24/7/2017, y la ley 20212/23 artículo 122, para el desarrollo comercial de la industria aeronáutica.

Para que vengan nuevas aerolíneas he inversiones al país. Para que tengamos más industria aeronáutica, pujante, comercial y nacional y se puedan usar los preciosos aeropuertos nacionales.

Cnel. Met. R. Rdor, Diego Ravera G., presidente de CUIA

Del Lector
Fuente de esta noticia: https://www.xn--lamaana-7za.uy/opinion/la-industria-aeronautica/

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