El Ministerio del Trabajo enfatizó que todos los trabajadores que estén bajo una relación laboral de dependencia, tienen derecho al cobro del aguinaldo.
¿Qué sucede si tu empleador te dice que no tenes derecho al aguinaldo porque emitís factura para cobrar tu salario mensualmente?
Al respecto, el Ministerio del Trabajo manifestó que esta situación podría configurarse como un caso de trabajo encubierto o de simulación ya que presenta una apariencia distinta a la realidad subyacente, con la intención de anular o atenuar la protección que la ley brinda a los trabajadores.
SE PUEDE OPONER:
– El ocultamiento de la identidad del empleador contratando a los trabajadores a través de un intermediario.
– Emplear al trabajador mediante un contrato civil, comercial o cooperativo. Por lo tanto, el trabajador es deliberadamente clasificado de manera incorrecta como independiente, por cuenta propia, aunque de hecho tenga una relación de empleo subordinada.
– Por lo expuesto, se insta a los trabajadores a denunciar en caso de no percibir el aguinaldo.
Las denuncias serán recepcionadas a partir del 2 de enero en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país.
Otras vías habilitadas son: denuncias online, o mediante llamada al 021 7290100 int 133 o a línea de WhatsApp 0993 308 100.
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