Un artículo de esta nueva legislación, que no entrará en vigor hasta que el legislativo apruebe una normativa para su aplicación, “reconoce el derecho de las personas a acceder a una muerte digna, mediante el ejercicio de las determinaciones para el final de la vida, que pueden incluir la limitación del esfuerzo terapéutico, los cuidados continuos o paliativos y los procederes válidos que finalicen la vida”, según establece el texto aprobado por unanimidad en el pleno de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Este procedimiento estará dirigido “a personas con enfermedades crónicas degenerativas e irreversibles, con un sufrimiento intratable, que se encuentren en fase agónica o terminal de vida o que hayan sufrido lesiones que los coloquen en esta condición”.
“La aplicación de procederes válidos que finalicen con la vida de una persona” será “regulada en una Ley específica para ese tema”, que deberá proponer el Ministerio de Salud cuando estén “creadas las condiciones” en el país, añade la ley.
Para el presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia, Leonardo Pérez Gallardo, esta norma “legitima un derecho que había sido reclamado” durante los debates previos a la aprobación en 2022 del Código de las Familias, una avanzada legislación que incluyó el matrimonio igualitario y el vientre subrogado.
En América Latina, solo Colombia despenalizó la eutanasia, en 1997. Los parlamentos de Ecuador, Uruguay y Chile discuten proyectos al respecto, mientras que en México existe la llamada ley del “buen morir”, que autoriza al paciente o su familia a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales.
La nueva ley de salud, que remplaza a una vigente desde 1983, incluye nuevas disposiciones para el trasplante de órganos, tejidos y células y mantiene el derecho a la interrupción del embarazo, así como a las técnicas de reproducción asistida.
Fuente de esta noticia: https://www.hoy.com.py/mundo/cuba-abre-el-camino-a-la-eutanasia-con-aprobacion-de-nueva-ley-de-salud
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