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Dom. Nov 24th, 2024
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Más de 9 de cada 10 vehículos comprados en el país se financian con un crédito. La crisis económica hace que en el camino varias personas y familias no lo puedan pagar . Sin embargo, existen opciones para extinguir la deuda y evitar problemas que pongan en riesgo el patrimonio personal y familiar. 

El 95% de las compras de vehículos se realizaron a través de diversos tipos de créditos, durante 2023 ya sea con bancos, cooperativas, concesionarias, planes de compra programada o tarjetas de crédito. En conjunto, estas transacciones representaron  $1.230 millones, según el buró de crédito Equifax.

Sin embargo, el sueño de adquirir un automóvil nuevo puede convertirse en una pesadilla si, por circunstancias imprevistas, se incumple con el pago de las cuotas del crédito.

En esos momentos es fundamental que los deudores conozcan las alternativas disponibles, como la Ley Orgánica para la Regulación de los Créditos para Vivienda y Vehículos.

Esta norma, diseñada para proteger a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad, busca garantizar condiciones que faciliten el logro de sus metas y, al mismo tiempo, regula la responsabilidad del deudor en caso de incumplimiento, evitando que se comprometa su patrimonio personal.

César Coronel Garcés, gerente general de defensadeudores.ec, destaca la importancia de esta ley: «Esta es una norma jurídica muy valiosa pero poco conocida, que busca evitar que una persona siga endeudada luego de perder o devolver su vehículo, además es necesario que se conozca esta Ley para evitar abusos.»

¿Cómo los deudores de un crédito para compra de vehículo pueden extinguir la deuda?

Los deudores de créditos para la adquisición de vehículos que cumplan con las siguientes condiciones:

• Que se endeuden para adquirir un único vehículo de uso familiar o personal

• Que el monto inicial del crédito no exceda 100  salarios básicos unificados para los trabajadores privados, es decir, $45.000

• Que se constituya prenda en garantía del crédito concedido o se pacte reserva de dominio sobre el vehículo.

Cuando se cumplen estos requisitos y el deudor se ve imposibilitado de seguir pagando o no puede cumplir a tiempo con la obligación, podrá entregar el vehículo como parte de pago y con ello extinguir la totalidad de la deuda, incluyendo intereses, recargos, multas y gastos legales.

Coronel aclara en este punto que “la extinción total de la deuda aplica también en caso de la ejecución de la garantía, es decir, cuando el acreedor le retira el vehículo al deudor mediante embargo u otra figura legal.»

Tener deudas no significa perder derechos como ciudadanos. En ese sentido, esta ley protege a los deudores que se enfrentan a inconvenientes en el pago de sus créditos automotrices y es un recordatorio de que toda deuda tiene una alternativa de solución.


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