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Sáb. Nov 2nd, 2024
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El Ministerio de Relaciones Exteriores manifestó su preocupación por el proyecto de ley que deroga la Ley 6659/20 sobre el Convenio con la Unión Europea.

El Ministerio de Relaciones Exteriores manifestó su preocupación por el proyecto de ley que deroga la Ley 6659/20 sobre el convenio con la Unión Europea. El proyecto debe ser tratado aún en la Cámara de Senadores.

El Ministerio de Relaciones Exteriores expresó su preocupación por el proyecto de ley que deroga la vigencia de la Ley 6659/20, por la cual se aprueba el convenio de financiación firmado entre la República del Paraguay y la Unión Europea para el Programa de Apoyo a la Transformación del Sistema Educativo en el Paraguay y sus anexos.

“El convenio constituye un tratado internacional vigente, que fue firmado, aprobado y debidamente ratificado conforme a lo dispuesto a los mandatos constitucionales correspondientes”, señalaron desde la Cancillería.

Asimismo indicaron que la Carta Magna otorga al Poder Legislativo, en particular, a la Cámara de Senadores, la atribución de iniciar la consideración de los proyectos de ley relativos a la aprobación de los tratados internacionales sometidos a su estudio por el Poder Ejecutivo.

“Este procedimiento ya fue debidamente cumplido en el año 2020, oportunidad en que ambas Cámaras aprobaron el texto del convenio, con dictamen favorable de siete comisiones”, remarcaron.

En ese sentido, expresaron que el artículo 137 de la Constitución Nacional establece el orden de prelación de las normas jurídicas, en el que un instrumento internacional aprobado y ratificado, al ser una norma superior, no puede ser derogado por otra norma de menor jerarquía, como lo es una ley de orden interno.

“Además, la suspensión o terminación de un tratado solo puede darse conforme a las disposiciones del propio tratado o por consentimiento de las partes en el mismo, a través del Poder Ejecutivo, en observancia de las disposiciones constitucionales y del derecho internacional vigente”, aseguraron.

También señalaron que la decisión sobre el convenio de referencia debe respetar el ordenamiento jurídico nacional y el sistema de separación, equilibrio, coordinación y recíproco control entre los poderes del Estado, consagrado en el artículo 3 de la Constitución Nacional.

De igual manera, afirmaron que los términos contenidos en el convenio, así como en sus anexos, se hallan en consonancia con los principios y preceptos establecidos en la Constitución Nacional y demás leyes nacionales.

“En razón de lo expuesto, el Estado paraguayo está obligado a cumplir los términos del convenio sobre la base de la buena fe (principio pacta sunt servanda). Esto genera responsabilidades recíprocas”, aseveraron.

Entre otras cosas, explicaron que el convenio fue suscrito únicamente en idioma español y constituye el único documento válido al que se han comprometido las partes.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores subraya la importancia de preservar la imagen del país como un socio confiable y respetuoso del derecho internacional, más aún considerando que el convenio con la Unión Europea permite al país acceder a una cooperación internacional para fortalecer el sistema educativo paraguayo”, aseguraron.

¿Qué implica el convenio?

La Cámara de Diputados aprobó la derogación de la Ley 6659/20 sobre el convenio con la Unión Europea. Ahora, debe tratarse en la Cámara de Diputados.

Se trata de un convenio con el cual se recibe una cooperación financiera de 38 millones de euros no reembolsables por parte de la Unión Europea, de los cuales ya se ejecutaron 5 millones de euros y la suma comprometida para el 2023 son 8 millones de euros.

De acuerdo con representantes del MEC, ese dinero se destina a kits escolares, alimentación, infraestructura, textos educativos, mientras que el fondo que aún no fue ejecutado también está presupuestado para lo mismo.

La especialista Euge Peroni, ex directora del proyecto Paraguay Educa, advirtió que si se suspende la vigencia del convenio con la UE, algunas escuelas públicas corren el riesgo de quedar sin almuerzo escolar, útiles o la posibilidad de reparaciones en caso de emergencia.

UH


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