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Jue. Nov 21st, 2024
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Este martes el Senado aprobó la conciliación que se votó este lunes en Cámara, a la sobretasa de la gasolina.

Foto tomada de: Monitor Dólar

El proyecto de ley que fue aprobado es el N 482 Senado y 625 de Cámara, está sobretasa a la gasolina busca resolver una inexequibilidad que falló la corte Constitucional en 2019, fue aprobado el pasado martes en sesiones extras que se realizaron en el Congreso de la República y ahora pasará a sanción presidencial.

La votación se hizo la noche del lunes en Cámara ya que en Senado se habían realizado el lunes anterior en la madrugada, en plenaria este martes se aprobó la conciliación en Senado dado que había una diferencia en la redacción del artículo cuarto referente a la fecha de entrada y vigencia de la iniciativa.

Este proyecto de ley detalla los parámetros legales para calcular la base gravable de la sobretasa de la gasolina y la ACPM. Esta fue escrita por primera vez en el artículo 121 dela ley 488 de 1998, que encargaba al Ministerio de Minas y Energía la Certificación del valor de referencia de venta al público sin embargo según la corte constitucional en su momento el congreso vulnera el principio de la legalidad tributaria por haber delegado a la cartera está en labor sin precisar ningún criterio.

El proyecto de ley que fue aprobado no modifica el valor del impuesto que ya existe, en cambio solo pone el agravante en línea con el ordenamiento jurídico Colombiano. Lo que busca está iniciativa es establecer que las tarifas se mantendrán de la misma forma por dos años antes de ajustarse con el índice de precios al consumidor que publica el DANE. Lo que significa que solo a partir del 2023 el valor comenzará a mostrar variaciones al ritmo de la inflación.

El proyecto está basado en cuatro artículos que especifican las tarifas que se definieron partiendo del valor de referencia ya fijado por el ministerio de minas y energía y se obtuvieron a partir del porcentaje asignación que le corresponde a los diferentes municipios y departamentos 18.5% en el caso de los municipios y 6.5%para departamentos y un 25% para el distrito estos son los mismos porcentajes que ya rigen en el momento.

En el caso de la ACPM por su parte será de $301 por galón si es para municipios o son las fronteras se liquidará con una tarifa de $204 por galón para el producto nacional y $114 por galón por el producto importado.

Esto significa que a partir de enero 2022 hasta diciembre del mismo año la sobretasa de la ACPM será comprada por la Nación y distribuida en un 75%, para los departamentos y el distrito capital con un 25% para los municipios y departamentos que tengan sistema integrado de trasporte.

Este fue el único proyecto de ley que se realizó con sesiones extras ya que las sesiones iban hasta el 20 de junio y se abrió un espacio extra el 21 y el 22 de junio para aprobar esta ley. Aunque esta iniciativa tuvo gran controversia entre los congresistas porque se pensaba que iba a causar un nuevo impuesto, algunos senadores aclararon que no se aprobó con este fin, sino con el de tener una tasa constante en la gasolina y ACPM.

Redacción Central
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