Muchas familias quedaron con millonarias deudas con sanatorios y hospitales privados tras la internación de pacientes con cuadros de Covid-19. Muchos se vieron obligados a vender sus cosas y otros apelaron a la solidaridad.
En la actualidad se cuenta con dos leyes con las que se busca suplir las falencias del sistema sanitario y brindar cobertura a los pacientes que utilizan los servicios privados por la emergencia Covid.
Las normativas son el Fondo Nacional Unidad de Terapia Intensiva (UTI) y Ley 6742 conocida como Gasto Cero. Ambas establecen un sistema para que el Estado absorba los costos de internación en salas comunes y en Cuidados Intensivos sin que los sanatorios privados emitan facturas a nombre de pacientes.
Sin embargo, estas cuentan con sus limitaciones.
La asesora de Gabinete del Ministerio de Salud, Gilda Espínola, refirió que las normativas no contemplan procedimientos referentes a las millonarias garantías solicitadas por los nosocomios y tampoco se habla de reembolso.
”El reembolso no está contemplado. Cuando corre la cobertura, entonces la persona no debe abonar, nosotros después hacemos el pago al sanatorio”, dijo Gilda Espínola en comunicación con el programa La Lupa, emitido por Telefuturo.
Es decir, las leyes no son retroactivas y la cartera sanitaria no podrá cubrir las deudas millonarias que contrajeron con anterioridad las familias con pacientes de Covid-19.
También comentó que en principio los pedidos demoraron una semana en resolverse, pero en la actualidad se habla de un plazo de 48 horas hasta la notificación al centro asistencial privado.
Desde la entrada en vigencia de las leyes, se reportaron más de 600 solicitudes para internados en UTI y cerca de 200 para los que permanecen en salas comunes en distintos servicios de salud, principalmente ubicados en Asunción y Central.
¿Cómo hago para acogerme a la cobertura?
Tanto para la Ley 5114, que crea el Fondo Nacional de Cobertura a Pacientes Hospitalizados con Covid-19, como para la Ley 6742/2021, de Gasto Cero a beneficio de los pacientes con Covid-19, el mecanismo para acceder a la cobertura es el mismo.
Un familiar o responsable del paciente deberá enviar una nota al Ministerio de Salud por la que solicita acogerse a la cobertura. Lo puede hacer en mesa de entrada de la sede de la cartera sanitaria o al correogastocero@mspbs.gov.py.
En la nota se deben especificar los nombres y apellidos completos del paciente, número de cédula de identidad y el nombre del sanatorio u hospital privado en el que se encuentra el paciente internado.
Otros datos que deben incluirse son la constancia de internación con fecha y hora de ingreso emitida por el hospital o sanatorio, indicando si es UTI o sala común.
La fecha y hora del ingreso del paciente al hospital deben corresponder con su historial clínico. Asimismo, se deberá detallar la cobertura del seguro o reaseguro médico en el caso que corresponda.
Finalmente, el gestor deberá hacer constar un número de contacto por el cual se informará sobre el resultado del trámite. En algunos casos, la respuesta se remite directamente al sanatorio privado.
FUENTE ULTIMA HORA
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