La Asamblea se retractó y no aprobó los artículos 178 y 178.1., que afectaban a la libertad de expresión.
La mañana de hoy, lunes 10 de mayo de 2021, la Asamblea Nacional decidió reconsiderar la votación de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), sobre la Violencia Sexual Digital aprobada el 6 de mayo, a través de la cual se introdujeron artículos que afectaban directamente al trabajo periodístico de investigación en el país.
José Serrano, presidente de la Comisión de Justicia, presentó la moción a través de la cual se aprobaba la referida ley, pero sin tomar en consideración los artículos 178 y 178.1 que planteaban la pena privativa de libertad de hasta 3 años a la persona que grabe, revele, difunda o publique datos de terceros.
PPSESA PROPONE APROBAR EL TEXTO DEL PROYECTO DE LEYVIOLENCIADIGITAL SIN LAS REFORMAS A LOS ARTS. 178 Y 178.1 DEL COIP. RECUERDA QUE EN EL ART. 471 DEL COIP ESTÁ REGULADA Y NORMADA LA EXCEPCIÓN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE HECHOS RELACIONADOS CON CORRUPCIÓN.
— ASAMBLEA NACIONAL (@ASAMBLEAECUADOR)
Serrano recordó que el artículo 471 del COIP ya “regula y norma” lo referente a la divulgación de información pública sobre hechos relacionados con actos de corrupción.
Textualmente indica que “en estos casos, las grabaciones se pondrán inmediatamente a órdenes de la o el fiscal en soporte original y servirán para incorporar a la investigación e introducirlas al proceso y de ser necesario”.
Además, el fiscal a cargo del caso “dispondrá la transcripción de la parte pertinente o su reproducción en la audiencia de juicio”.
En la misma línea, el artículo 179 del mismo cuerpo legal ya se refiere a quien tenga conocimiento en razón de un secreto cuya divulgación puede causar daño a otra persona y lo revele será sancionada con penas de seis meses a un año de cárcel.
La nueva votación contó con 90 votos positivos, 1 negativo y 38 abstenciones.
CON 90 VOTOS, EL PLENO VIRTUAL RATIFICA LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY VIOLENCIA DIGITAL, QUE FORTALECE LA LUCHA CONTRA EL ACOSO Y LA VIOLENCIA SEXUAL POR MEDIOS DIGITALES Y PROTEGE A NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y MUJERES.
— ASAMBLEA NACIONAL (@ASAMBLEAECUADOR)
Previo a esto, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), a través de su presidente Jorge Canahuati, expresó que le “preocupa” que esta nueva norma afecte a “periodistas que, en el ejercicio de su trabajo” se ven en la necesidad de revelar información.
De su lado la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP), en un comunicado público solicitó al presidente Lenín Moreno el veto total de este proyecto reformatorio de ley.
Argumentaron que esta normativa legal careció de un “debate oportuno” y su estructuración “contiene inconsistencias” que -de entrar en vigencia- acarrearían problemas al trabajo periodístico y “atentaría a la libertad de expresión”.
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